En España no se puede tener ni portar armas de fuego sin la correspondiente autorización o licencia que expiden las autoridades competentes, y se precisará de licencia de armas la tenencia y el uso de armas de las categorías 1ª, 2ª, 3ª, 7ª.2 y 7ª.3.
Para conseguir un permiso de armas, el paso previo obligatorio es someterse al examen médico que valore si se es apto o no para tener la licencia y conservarla en sucesivas renovaciones. Al llegar al centro sólo es necesario aportar el DNI/NIE en vigor.
Índice de contenidos
¿Qué es la licencia de armas tipo C?
La licencia de armas tipo C se reserva al personal de Seguridad Privada, un sector que comprende vigilantes de seguridad, vigilantes de explosivos, escoltas privados y guardas particulares de campo. Y ampara las armas de fuego de las categorías 1ª, 2ª.1 y 3ª.2 y las armas de guerra a las que se refiere el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento de Armas, según el servicio a prestar.
En ninguno de los casos se podrá tener más de una licencia tipo C. Si las respectivas regulaciones permiten la posesión o utilización de un arma corta y un arma larga para la vigilancia y guardería, ambas tendrán que estar amparadas por la misma licencia.
La posesión de cada una de las armas deberá estar documentada con su guía correspondiente de pertenencia expedida a nombre de las empresas, entidades y organismos propietarios.
Mientras que las armas no se están utilizando deberán ser custodiadas en los locales de las entidades que reúnan las condiciones adecuadas de seguridad, que deberán estar autorizados por la Guardia Civil.
Esta licencia sólo tiene validez para la prestación del servicio de seguridad, pudiendo los vigilantes desempeñar armas de fuego solo en los siguientes servicios:
– Protección del almacenamiento, recuento, clasificación, transporte y distribución de dinero, valores y objetos valiosos o peligrosos.
– Vigilancia y protección de centros y establecimientos militares y aquellos otros dependientes del Ministerio de Defensa, en los que presten servicio miembros de las Fuerzas Armadas o estén destinados al uso por el citado personal.
- Fábricas, depósitos y transporte de armas, explosivos y sustancias peligrosas.
- Industrias o establecimientos calificados como peligrosos, por manipulación, utilización o producción de materias inflamables o explosivas que se encuentren en despoblado.
-En los siguientes establecimientos, entidades, organismos o inmuebles, cuando así se disponga por la Dirección General de la Policía en los supuestos que afecten a más de una provincia, o por los Gobiernos Civiles, valoradas circunstancias tales como la localización, el valor de los objetos a proteger, la concentración del riesgo o peligrosidad, la nocturnidad…:
- Bancos, Cajas de Ahorro y entidades de crédito.
- Centros de producción, transformación y distribución de energía.
- Centros y sedes repetidores de comunicación.
- Polígonos industriales y lugares donde se concentre almacenamiento de materias primas mercancías.
- Urbanizaciones aisladas.
- Joyerías, platerías o lugares donde se fabriquen, almacenen o exhiban objetos preciosos.
- Museos, salas de exposiciones o similares.
- Lugares de caja o donde se concentren fondos de grandes superficies comerciales o de casinos de juego.
Las empresas, organismos o entidades titulares de los establecimientos o inmuebles pueden solicitar la autorización de servicio prestado con armas de fuego a la Dirección General de la Policía o a los Gobiernos Civiles, en supuestos excepcionales
Aspirantes a obtener de la licencia de armas de tipo “C”
Los aspirantes que quieran obtener una lincencia de armas de tipo C deben acordarlo con la Empresa de Seguridad en las que desarrollan su actividad. No obstante, suelen ser las propias empresas las que por necesidades de los servicios contratados o que se podrían contratar, las que propongan al vigilante de seguridad, o al guarda particular de campo, para presentarse a las pruebas oficiales para obtener dicha licencia. Esto es, al final la Empresa de Seguridad presenta la documentación y la candidatura del aspirante ante la Guardia Civil.
¿Qué documentos se deben presentar?
- 2 fotografías tamaño carnet.
- Certificado psicotécnico que figure “Seguridad Privada”. Este puede obtenerse en Centro Psicomédico Avenida la Estación, en Granada, donde se realizan certificados médicos para carné de conducir, licencias de caza, etc.
- Fotocopias compulsadas del DNI y TIP (En un solo folio, en la misma cara, todas las fotocopias). La GC no cobra las compulsas.
- Declaración jurada de no hallarse inmerso en procedimiento. (La plantilla la suelen tener las Empresas de Seguridad, y solo habría que firmar)
- Certificado de estar limpio de antecedentes penales. (Solicitar dónde proceda)
- Si en el DNI figura una dirección que no es la actual: certificado de empadronamiento en un ayuntamiento de la provincia dónde se realizará el examen.
- Abono de las tasas de derecho a examen (En la Guardia Civil se facilita un formulario y una vez cumplimentado se va al banco para realizar el ingreso correspondiente)
- Certificado de ser personal de seguridad privada habilitado en la empresa de seguridad (lo realiza la Empresa de Seguridad).
- Instancia del interesado (lo realiza la Empresa de Seguridad, lo firma el interesado).
- Alta en la Policía Nacional (lo realiza la Empresa de Seguridad)).
- Firma ‘digital’ (en la Empresa de Seguridad tienen el formato; es una hoja en la que hay que firmar).
- Escrito de solicitud de presentación a examen (lo realiza la Empresa de Seguridad).
Exámenes para la obtención de la licencia de armas de tipo “C”
Las empresas, entidades u organismos en que presten sus servicios serán los encargados de facilitarles las armas y municiones necesarias para su formación y examen de obtención de dicha licencia.
El examen consiste en 3 pruebas eliminatorias con el orden siguiente:
- Conocimiento y manejo del arma.
- Ejercicio práctico de tiro.
- Ejercicio escrito.
Una vez superado, el candidato obtiene su licencia de armas de tipo C sin activar, y permanece depositada en Intervención de Armas de la Guardia Civil hasta su activación.
La activación de la licencia se produce cuando el candidato supera el primer ejercicio calificatorio.